{"id":293,"date":"2017-07-19T12:10:52","date_gmt":"2017-07-19T17:10:52","guid":{"rendered":"http:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/?p=293"},"modified":"2019-04-22T11:25:26","modified_gmt":"2019-04-22T16:25:26","slug":"vigencia-de-la-e-firma","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/2017\/07\/19\/vigencia-de-la-e-firma\/","title":{"rendered":"Cuatros A\u00f1os de Vigencia de la E.Firma (Antes FIEL). \u00bfUna Bomba de Tiempo?"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-367 alignleft\" src=\"http:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-content\/uploads\/2017\/07\/Juan-Manuel-Flores-Sandoval.png\" alt=\"\" width=\"152\" height=\"158\" \/>Cada vez es mayor el n\u00famero de ciudadanos que utilizan los certificados digitales (CD) para realizar tr\u00e1mites ante diferentes autoridades gubernamentales, en especial, aquellos que son contribuyentes y tienen que reportar informaci\u00f3n al Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT).<!--more--><br \/>\nEn el caso de las autoridades fiscales existe un CD especial llamado E.Firma, que hasta hace poco tiempo se conoc\u00eda como FIEL. Este documento cobra una gran relevancia si consideramos que la Ley de Firma Electr\u00f3nica Avanzada (LFIEL) le da los mismos efectos que la firma aut\u00f3grafa <span style=\"font-size: .7em;\"><sup>1<\/sup><\/span> (equivalencia funcional).<\/p>\n<p>\u00bfY c\u00f3mo puede un archivo de computadora, como lo es un CD, tener el mismo valor que la firma aut\u00f3grafa?<\/p>\n<p>Los CD son un est\u00e1ndar tecnol\u00f3gico internacional que permite garantizar la identidad del titular ante cualquier tercero. Una entidad denominada Autoridad Certificadora (AC) es la responsable de emitir los CD a todo aquel que los requiera. Para poder otorgar un certificado, la AC debe pasar al solicitante por un procedimiento de identificaci\u00f3n para asegurarse que es quien dice ser.<\/p>\n<p>En M\u00e9xico, la LFIEL habilita al SAT como AC transfiri\u00e9ndole la obligaci\u00f3n de definir el procedimiento para emitir un CD, que debe incluir la siguiente documentaci\u00f3n del solicitante:<\/p>\n<ol>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Solicitud con firma aut\u00f3grafa<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Comprobante de domicilio.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Identificaci\u00f3n oficial<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">El documento probatorio de nacionalidad mexicana o el que acredite la legal estad\u00eda en territorio nacional para el caso de los extranjeros.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Adicionalmente el SAT recaba datos biom\u00e9tricos<span style=\"font-size: .7em;\"><sup>2<\/sup><\/span> como un mecanismo adicional que garantice la identidad del solicitante.<\/p>\n<p>Terminado el procedimiento, y plenamente establecida la identidad del solicitante, la AC expide el CD que tiene una vigencia de hasta cuatro<span style=\"font-size: .7em;\"><sup>3<\/sup><\/span> a\u00f1os que inician a partir del momento de emisi\u00f3n y expiran el d\u00eda y hora se\u00f1aladas en el propio documento.<\/p>\n<p>Como parte del procedimiento de emisi\u00f3n de un CD, el solicitante protege el documento con una contrase\u00f1a, que en principio solamente \u00e9l debe conocer y no divulgar bajo ninguna circunstancia.<\/p>\n<p>Al obtener un CD el titular puede proteger, a trav\u00e9s de procedimientos tecnol\u00f3gicos, la informaci\u00f3n que intercambie con terceros, generando lo que se conoce como sello digital o firma electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>Una vez emitido, la tecnolog\u00eda nos garantiza que el sello digital comparte dos caracter\u00edsticas sumamente importantes con la firma aut\u00f3grafa:<\/p>\n<ol>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Solamente el titular posee las caracter\u00edsticas para generarla.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Dichas caracter\u00edsticas son extremadamente dif\u00edciles de replicar.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Con la mancuerna que forman la tecnolog\u00eda que les da soporte y un uso adecuado por parte del titular, podemos aseverar que los CD son el mecanismo m\u00e1s robusto de identificaci\u00f3n que cualquier persona tiene disponible.<\/p>\n<p>Si analizamos esta dupla, observamos que la base tecnol\u00f3gica nos garantiza infalibilidad, sin embargo, los puntos vulnerables se presentan invariablemente en el uso que se les da, es decir, en los titulares, contribuyentes, ciudadanos o personas que los emplean para diversos fines.<\/p>\n<p>La seguridad de los CD se apoya en la idea de que solamente el titular conoce la contrase\u00f1a que los protege; exclusivamente \u00e9l puede darle uso y por lo tanto emitir su firma electr\u00f3nica. Es por esta raz\u00f3n que la ley le otorga las caracter\u00edsticas de autenticidad y no repudio<span style=\"font-size: .7em;\"><sup>4<\/sup><\/span> , porque \u00fanicamente el firmante puede generarla y una vez que lo ha hecho, se tiene la certeza que ha sido \u00e9l y por lo tanto no puede rechazar su autor\u00eda.<\/p>\n<p>Debido a la relevancia que los CD tienen, la ley obliga a los titulares a custodiarlos adecuadamente<span style=\"font-size: .7em;\"><sup>5<\/sup><\/span> , a fin de mantener la contrase\u00f1a secreta y as\u00ed garantizar su uso correcto.<\/p>\n<p>Por lo general, es casi una regla que esta obligaci\u00f3n no se cumpla adecuadamente y que el titular ceda las contrase\u00f1as de los CD debido a una gran diversidad de situaciones que se le pueden presentar, muchas hasta cierto punto justificables, pero otras no tanto.<\/p>\n<p>Independientemente de cu\u00e1l sea el motivo por el cual el titular de un CD divulgue la contrase\u00f1a, vamos a centrarnos en otro aspecto que potencia el riesgo que esto implica: la vigencia de un CD.<\/p>\n<p>El est\u00e1ndar internacional recomienda que la vigencia de un CD sea cuando mucho de un a\u00f1o, en M\u00e9xico, antes era de dos y ahora es de cuarto, \u00bfpor qu\u00e9? Tal vez la \u00fanica respuesta sea: porque somos mexicanos.<\/p>\n<p>Aunque como la inmensa mayor\u00eda, soy orgullosamente mexicano, debemos reconocer que en este pa\u00eds continuamente suceden cosas que no tienen explicaci\u00f3n y en muchas ocasiones son las mismas autoridades quienes las propician.<\/p>\n<p>Pensemos en todos los CD que cada uno de nosotros (personas f\u00edsicas o morales) tiene vigentes el d\u00eda de hoy. \u00bfCu\u00e1ntas personas, en este preciso momento, conocen las contrase\u00f1as? Aunque el n\u00famero es diferente en cada situaci\u00f3n, vamos a analizar dos de los casos que se presentan m\u00e1s frecuentemente.<\/p>\n<p>Caso 1<\/p>\n<p>Es una pr\u00e1ctica com\u00fan que las personas f\u00edsicas entreguen las contrase\u00f1as de sus CD a los contadores p\u00fabicos que les asesoran. En estricto sentido esto no deber\u00eda de pasar, los contribuyentes deber\u00edan hacer tr\u00e1mites en el portal del SAT o cualquier otro requerido por si solos, desde luego con la asesor\u00eda adecuada, pero sin ceder el control de los CD. Sin embargo, de uno y otro lado se escuchan argumentos como: \u201cPara eso eres mi contador\u201d o \u201csi no tengo las contrase\u00f1as como voy a hacer mi trabajo\u201d por lo cual el uso de los CD se hace de una manera sumamente displicente incrementando el riesgo en todo momento.<\/p>\n<p>Vamos a suponer que una persona f\u00edsica que se dedica a la fabricaci\u00f3n de velas arom\u00e1ticas decide cambiar de contador porque el que tiene actualmente no lo convence del todo. Al avisarle a su asesor del cambio, este no lo toma de muy buena manera y finiquitan su relaci\u00f3n en muy malos t\u00e9rminos. Despu\u00e9s de un a\u00f1o nuestro amigo, que ya tiene un contador diferente, realiza un tr\u00e1mite de devoluci\u00f3n de impuestos. Su nuevo asesor le asegura que en poco tiempo el dinero debe ser depositado en su cuenta.<\/p>\n<p>Al pasar los d\u00edas y no ver reflejado el tr\u00e1mite, el empresario decide investigar y se da cuenta que su solicitud ya fue procesada por el SAT y el dinero depositado, pero en una cuenta bancaria que no es de su pertenencia. Sumamente molesto discute con su contador, quien no se explica c\u00f3mo pudo darse dicha situaci\u00f3n. Despu\u00e9s de calmados los \u00e1nimos, y de reflexionar un poco, juntos analizan todas las posibilidades por lo que el protagonista de nuestro caso narra la forma en que termino su relaci\u00f3n laboral con su asesor anterior y llegan a la conclusi\u00f3n que \u00e9l pudo haber cambiado la cuenta bancaria que la autoridad ten\u00eda registrada, dado que el CD actualmente vigente sigue siendo el mismo que aquel utilizaba. \u00bfC\u00f3mo fincar responsabilidades y a qui\u00e9n?, \u00bfQu\u00e9 puede hacer nuestro empresario?, \u00bfQu\u00e9 debe hacer el asesor contable actual?, \u00bfsi en lugar de su anterior contador el empresario hubiera tenido una situaci\u00f3n similar con su hoy ex &#8211; esposa?, \u00bfQu\u00e9 podr\u00eda argumentar la autoridad ante un reclamo de este contribuyente?<\/p>\n<p>Para responder la \u00faltima pregunta es posible que la autoridad respondiera de la siguiente forma:<\/p>\n<p><em>\u201cEstimado contribuyente: usted solicit\u00f3 un CD para lo cual asisti\u00f3 a nuestras oficinas, le requerimos cierta documentaci\u00f3n, firm\u00f3 una solicitud, tomamos sus datos biom\u00e9tricos y una vez que su identidad qued\u00f3 perfectamente establecida le entregamos un documento protegido por una contrase\u00f1a de la cual usted es depositario y es de su exclusivo conocimiento. Le recordamos que la ley lo obliga a resguardar sus CD y que cualquier acto realizado con dicha contrase\u00f1a es su responsabilidad y no puede rechazar su autor\u00eda.\u201d<\/em><\/p>\n<p>Caso 2<\/p>\n<p>Dentro de una compa\u00f1\u00eda existen diferente \u00e1reas que por las operaciones que realizan requieren el uso de cuando menos un CD. Si las contabilizamos podemos decir que en este grupo normalmente encontrar\u00edamos: administraci\u00f3n (representante legal), contabilidad, impuestos, auditor\u00eda, tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n, ventas\/facturaci\u00f3n y n\u00f3minas; por mencionar las m\u00e1s comunes.<\/p>\n<p>Imaginemos que la vigencia de un CD es una l\u00ednea recta que mide cuatro a\u00f1os. Situ\u00e9monos en el punto que se encuentra el CD el d\u00eda de hoy. Si consideramos que cada \u00e1rea cuenta al menos con un empleado, en este preciso momento siete personas diferentes tienen acceso a las contrase\u00f1as.<\/p>\n<p>Considerando ahora el camino que ya recorrimos en la l\u00ednea recta de la vigencia del CD, \u00bfcu\u00e1ntas personas las tuvieron en el pasado y que hoy ya no trabajan en la empresa? (renuncias, despidos, cambios de \u00e1rea o incapacidad). Digamos que, en nuestro caso hipot\u00e9tico son cuatro m\u00e1s; ya llevamos once personas.<\/p>\n<p>A\u00fan nos falta recorrer la parte restante de la l\u00ednea recta (el tiempo faltante de vigencia del CD), por lo que vamos a pensar en cuatro personas m\u00e1s que tendr\u00e1n acceso porque llegar\u00e1n a cubrir puestos vacantes, por crecimiento de alg\u00fan \u00e1rea u otra raz\u00f3n.<\/p>\n<p>En total, durante un periodo de vigencia de cuatro a\u00f1os, para nuestro ejemplo, quince personas diferentes tuvieron acceso a las contrase\u00f1as. Cada persona (f\u00edsica o moral) tendr\u00e1 un n\u00famero diferente, m\u00e1s peque\u00f1o o inmensamente m\u00e1s grande, pero a final de cuentas, casi como norma el n\u00famero tiende a incrementarse.<\/p>\n<p>Tomando como referencia nuestro ejemplo, si algo pasara con el uso de los CD, \u00bfde qui\u00e9n ser\u00eda responsabilidad? Recordemos que la LFIEL se\u00f1ala que el titular no puede rechazar la autor\u00eda de toda operaci\u00f3n que se lleve a cabo con los documentos que se hayan expedido a su nombre. De entre esas quince personas \u00bf\u00e9l a quien podr\u00eda se\u00f1alar? Sin olvidar que al aceptar la contrase\u00f1a cada una de ellas se vuelve, de alguna manera, co-responsable del uso que los otros catorce hagan.<\/p>\n<p>Para continuar con nuestro ejemplo, imaginemos ahora que el due\u00f1o de la compa\u00f1\u00eda tiene un altercado con el gerente de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y al calor de la discusi\u00f3n lo despide amenaz\u00e1ndolo con no pagarle liquidaci\u00f3n. \u201c\u00a1Y hazle como quieras!\u201d se escucha decir al empresario, terminando as\u00ed el asunto.<\/p>\n<p>El empleado se va molesto pensando en qu\u00e9 hacer para no quedarse con las manos vac\u00edas despu\u00e9s del tiempo trabajado en la empresa y en su cabeza resuena la \u00faltima frase de su ex &#8211; jefe \u201cHazle como quieras\u201d. Debemos tener presente que \u00e9l tiene acceso a todas las contrase\u00f1as de los CD de la empresa y recuerda que un amigo suyo le coment\u00f3 que en algunas empresas \u201ccompran facturas\u201d con un porcentaje del 10%, as\u00ed que lo llama y despu\u00e9s de unos d\u00edas emite varios CFDI por setenta millones, con lo que se hizo de una liquidaci\u00f3n de siete millones; \u00e9l dijo que \u201ccomo yo quisiera\u201d repite el tipo a modo de justificaci\u00f3n. Este supuesto empleado \u00bftendr\u00eda alg\u00fan impedimento para \u201cautogenerar\u201d su liquidaci\u00f3n de esta forma? Adem\u00e1s de la \u00e9tica, claro est\u00e1, desde el punto de vista tecnol\u00f3gico o administrativo no habr\u00eda ninguno y desde luego, que sin pensar en las consecuencias, podr\u00eda hacerlo. \u00bfY si el empresario despidiera de la misma manera al gerente de contabilidad y al de impuestos?, \u00bfy si a todos se les ocurre hacer lo mismo?<\/p>\n<p>Supongamos ahora que alguien aconseja al ex gerente de tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n que no haga lo que tiene pensado porque a final de cuentas seguramente van a cancelar los comprobantes y solamente tendr\u00e1 problemas por lo que despu\u00e9s de meditarlo decide no emitirlos pero, como no se quiere quedar con el coraje de haber sido despedido sin liquidaci\u00f3n, ingresa al portal del SAT con la FIEL de la empresa y aumenta las obligaciones registradas, env\u00eda declaraciones complementarias de todos los meses que puede y para terminar, cancela todos los CFDI que se han emitido de 2011 a la fecha.<\/p>\n<p>De las quince personas que ten\u00edan acceso a las contrase\u00f1as \u00bfa qui\u00e9n podr\u00eda el empresario se\u00f1alar de manera inequ\u00edvoca? Independientemente de las penas a las que se pudiera hacer acreedor nuestro amigo del \u00e1rea tecnolog\u00eda, si es que logran fincarle alguna responsabilidad, tendr\u00edamos que formular las siguientes preguntas; \u00bfEn qu\u00e9 situaci\u00f3n se encuentra ahora la empresa? \u00bfAyuda en algo que el ex &#8211; empleado sea sancionado? \u00bfQu\u00e9 tan da\u00f1ada quedar\u00e1 la imagen de la empresa frente sus clientes? \u00bfCu\u00e1nto costar\u00e1, en tiempo y recursos, solucionar la situaci\u00f3n? \u00bfDebemos confiar en la buena voluntad de todo aquel que, teniendo las contrase\u00f1as de los CD, deja de pertenecer a la empresa, sin importar la raz\u00f3n o circunstancias? \u00bfC\u00f3mo pudiera evitarse toda esta problem\u00e1tica?<\/p>\n<p>En nuestro ejemplo, la respuesta a la \u00faltima pregunta podr\u00eda ser: liquidando a los empleados conforme a la ley.<\/p>\n<p>Pero en general, y de manera un poco m\u00e1s ser\u00eda, la soluci\u00f3n es sumamente simple: administrando de manera correcta los CD.<\/p>\n<p>El uso adecuado de los CD demanda un control estricto y desde luego, de tiempo y recursos para llevarlo a cabo, pero si ponemos en una balanza el esfuerzo requerido y las posibles consecuencias de no hacerlo, no hay punto de comparaci\u00f3n y la decisi\u00f3n es muy sencilla de tomar.<\/p>\n<p>Recomendaciones<\/p>\n<p>Para las personas morales.<\/p>\n<ul>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Llevar un control estricto de qui\u00e9nes tienen acceso a las contrase\u00f1as y para qu\u00e9.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Emitir un CD distinto para cada \u00e1rea\/sucursal\/funci\u00f3n que requiera su uso.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Revocar los CD a los que tuviera acceso como parte del procedimiento de finiquito de la relaci\u00f3n laboral de cualquier empleado.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Requerir de cada empleado la firma de una responsiva al aceptar las contrase\u00f1as de un CD y concientizarlos sobre su uso correcto.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para las personas f\u00edsicas.<\/p>\n<ul>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">No ceder las contrase\u00f1as de los CD a quien ayude en la administraci\u00f3n del negocio, incluyendo, en la medida de lo posible, parientes y empleados.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">En estricto sentido el contador que ofrezca asesor\u00eda no deber\u00eda tener las contrase\u00f1as pero en caso de ced\u00e9rselas debe existir una responsiva firmada.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Revocar los certificados cuando se cambie de contador o cualquier otro consultor que haya tenido acceso a los CD.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para los contadores independientes\/consultores\/auditores.<\/p>\n<ul>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Revocar los CD y generar unos nuevos cuando se acepte administrar una nueva contabilidad o alg\u00fan proceso relacionado.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Firmar una responsiva con los clientes y asegurarse que \u00e9stos no ceder\u00e1n las contrase\u00f1as a alguien m\u00e1s y concientizarlos en su uso.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">No usar la misma contrase\u00f1a para los CD de todos los clientes que se asesore.<\/li>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Revocar los CD cuando se termine o entregue el proyecto y pedirle al cliente que genere unos nuevos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para la autoridad<\/p>\n<ul>\n<li style=\"margin-left: 45px;\">Limitar la vigencia de un certificado a no m\u00e1s de un a\u00f1o.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Hoy en d\u00eda es muy dif\u00edcil encontrar personas (f\u00edsicas y morales) que hagan uso correcto de los CD con que cuentan. Las causas pueden ser muy diferentes, entre otras: desconocimiento de la tecnolog\u00eda, mal asesoramiento por parte de los consultores, negligencia o falta de consciencia del peso e importancia que un CD tiene, sin embargo, los riesgos que todos corren normalmente son los mismos y no es sino hasta que algo sucede cuando se toma medidas.<\/p>\n<p>La correcta administraci\u00f3n de los CD no es una tarea complicada, es gratuita y basta un poco de informaci\u00f3n para conocer la importancia que tienen. Es obligaci\u00f3n de todo aquel que los utilice asesorarse, estudiar la ley y evitar riesgos innecesarios.<\/p>\n<hr \/>\n<p><span style=\"font-size: .7em;\">1 LFIEL Art\u00edculo 7 y 8.<br \/>\n2 Par\u00e1metros f\u00edsicos que son \u00fanicos en cada persona, en el caso del procedimiento definido por el SAT se toman huellas dactilares y fotograf\u00edas del iris del ojo.<br \/>\n3 LFIEL Art\u00edculo 20.<br \/>\n4 LFIEL Art\u00edculo 8.<br \/>\n5 LFIEL. Art\u00edculo 22 Fracci\u00f3n II.<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-294 size-full\" src=\"http:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-content\/uploads\/2017\/07\/publicaciones-Juan-Manuel-Flores-Sandoval.jpg\" alt=\"\" width=\"800\" height=\"150\" srcset=\"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-content\/uploads\/2017\/07\/publicaciones-Juan-Manuel-Flores-Sandoval.jpg 800w, https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-content\/uploads\/2017\/07\/publicaciones-Juan-Manuel-Flores-Sandoval-300x56.jpg 300w, https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-content\/uploads\/2017\/07\/publicaciones-Juan-Manuel-Flores-Sandoval-768x144.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 767px) 89vw, (max-width: 1000px) 54vw, (max-width: 1071px) 543px, 580px\" \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cada vez es mayor el n\u00famero de ciudadanos que utilizan los certificados digitales (CD) para realizar tr\u00e1mites ante diferentes autoridades gubernamentales, en especial, aquellos que son contribuyentes y tienen que reportar informaci\u00f3n al Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT).<\/p>\n","protected":false},"author":17,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-293","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contable"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/293","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/users\/17"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=293"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/293\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":819,"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/293\/revisions\/819"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=293"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=293"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sinergiainteligente.com\/publicaciones\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=293"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}