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Aplicación Práctica de NIF – Activo Fijo - 20970 Visitas

Para poder determinar la depreciación de un activo fijo, debemos considerar lo siguiente:
Depreciación – es la distribución sistemática y razonable en resultados del monto depreciable de un componente a lo largo de su vida útil (Inciso d) Párrafo 30.1 NIF C-6)Derivado de esta definición, se desprende que debemos depreciar el activo fijo no con base en tasas fiscales, sino con base en su vida útil, pero ¿qué debemos considerar como vida útil?

Vida útil – es:

i) el periodo durante el cual se espera que un activo esté disponible para su uso y pueda generar ingresos para la entidad; o

ii) el periodo en el que se espera obtener del activo por su funcionamiento
cierto número de unidades de producción o similares para la entidad.
(inciso n), párrafo 30.1 NIF C-6.

Con esto tenemos claro que debemos depreciar el activo en el tiempo en que generará ingresos a través de su uso, pero ¿cómo determino esa vida útil?

Para determinar la vida útil del componente deben tomarse en cuenta todos los factores siguientes:

a) la utilización prevista del componente. El uso se evalúa por referencia a la capacidad del componente o al producto físico que se espera de él;

b) el desgaste físico esperado, que depende de factores operativos tales como el número de turnos de trabajo de uso del componente, el programa de reparaciones y mantenimiento, y el grado de cuidado y conservación mientras el componente no está siendo utilizado;

c) la obsolescencia técnica, por razones de seguridad, de índole ambiental o comercial procedente de los cambios o mejoras en la producción, o de los cambios en la demanda del mercado de los productos o servicios que se obtienen con el componente; y

d) los límites legales o restricciones similares sobre el uso del componente, tales como las fechas de caducidad de los contratos de arrendamiento relacionados.

La vida útil de un componente debe definirse en términos de la utilidad que se espera que aporte a la entidad. La política de gestión de activos llevada a cabo por la entidad puede implicar la disposición de los activos después de un periodo específico de utilización, o tras haber consumido una cierta proporción de sus beneficios económicos. Por tanto, la vida útil de un componente puede ser inferior a su vida económica. La estimación de la vida útil de un componente es una cuestión de criterio basada en la
experiencia que la entidad tenga con activos similares.

Párrafos 46.2.3.2 y 46.2.3.3 NIF C-6

Lo anterior implica que, cada activo en particular tendrá una vida útil diferente, por lo que la forma en como hasta ahora hemos depreciado de aplicar un porcentaje a todos los activos del mismo rubor deberá dejar de aplicarse. Por ejemplo, toda la maquinaria le aplicamos el 11% de depreciación, ahora cada activo deberá tener su propia vida útil.

Ejemplo numérico:
Maquinaria para producción de botellas de pet
Costo de adquisición $1,000,000
Valor residual $ 150,000
Valor a depreciar 850,000
Vida útil 13 años

Depreciación anual: $850,000/13= 65,385.

Si quisiéramos determinar la tasa de depreciación anual sería: 100/13= 7.69% anual.

Recuerden, esto debe hacerse por cada activo, y esto se complica un poco más, porque la depreciación debe hacerse por cada componente importante que integre al activo fijo contabilizado, pero eso lo veremos en un post diferente.

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    4 respuestas a «Aplicación Práctica de NIF – Activo Fijo»

      1. Hola buenos días, la parte fiscal se aplica de igual forma y no debe generar ningún problema, ya que en todo caso deberá identificarse en la conciliación contable fiscal y hacer los registros correspondiente y/o en las declaraciones correspondientes.

      2. Depreciación fiscal

        Este término ampliamente utilizado por los Contadores, no sólo es un asunto de “tecnicismos”, dado que respecto al activo fijo, en materia contable existe la depreciación y para sus efectos fiscales está la deducción de inversiones, sino que va más allá de una “mezcla” entre lo Contable y lo Fiscal.

        Esta situación tan arraigada ha llevado a creer que la llamada depreciación fiscal se determina aplicando al valor contable del activo fijo (lo registrado en contabilidad) las tasas establecidas en la LISR, dando como resultado la depreciación contable que se registra en contabilidad, y a este valor determinado, se le aplica el factor de actualización establecido en séptimo párrafo del Art. 31 de la LISR para obtener la depreciación fiscal.

        Así que, como podremos ver, este mal empleo del término depreciación fiscal no solo es de forma, sino de fondo, ya que ni se cumple con la Norma de Información Financiera NIF C-6 Propiedades, planta y equipo, y en ocasiones tampoco con el Art. 31 de la LISR.

        Recordemos que la depreciación, término exclusivo de la normatividad contable, corresponde a la distribución del monto depreciable (costo de adquisición de un activo disminuido del valor de rescate, es decir, del precio de venta que se estima obtener al vender el activo) entre el tiempo que el bien ayudará a generar beneficios económicos a la entidad, conocido en la NIF C-6 como vida útil.

        La depreciación formará parte del valor de los inventarios (costo) si el activo fijo interviene en la producción de los mismos; o formará parte de los gastos generales (conocidos como gastos de operación) registrándose en gastos de venta si son usados como parte del esfuerzo de colocación de productos (edificios o equipo de transporte, por ejemplo) o en gastos de administración cuando los activos son utilizados en funciones administrativas como el mobiliario y equipo de cómputo del Contador.

        Por otro lado, y de forma muy diferente, tenemos lo establecido en el Art. 31 de la LISR:

        “Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión…”

        De tal suerte, si lo que pretendemos es deducir los activos fijos, será a través del uso de las tasas fiscales (que en la ley se determinan como porcientos máximos) establecidas en los Art. 34 y 35 de la LISR.

        Así que, si hablamos de temas contables, la depreciación se determina utilizando la vida útil estimada de los activos fijos, y sus efectos de deducción aplicando los porcientos máximos de ley; siendo ambos cálculos totalmente distintos.

        Si aplicas tasas fiscales para determinar la depreciación, el efecto que generalmente tendrás es de cargar en exceso a resultados, generando una menor rentabilidad de los negocios (utilidad bruta, de operación y neta), una disminución rápida en el tiempo del valor de los activos fijos y del capital contable que no tienen relación con el negocio, incluso disminuyendo el importe de los dividendos que pudieran llevarse eventualmente los accionistas.

        Y fiscalmente, al partir de la depreciación llamada contable, es probable que se deduzca de manera indebida porque no se considera las limitantes establecidas en el Art. 36 de la LISR, y a los valores que conforman el MOI que se hace mención en el Art. 31 de la LISR.

        Así las cosas, es importante revisar que se aplique de manera adecuada las NIF y la LISR, y evitar seguir mezclando estos temas sensibles, aunque en la escuela lo enseñen de esa forma y los jefes digan que está bien.

        Saludos

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