VER TODAS LAS PUBLICACIONES
Compartir Artílculo:

Análisis de las Reformas al CFF 2020 – Artículo 17-H Fracción X: Certificados de Sello Digital - 5281 Visitas

Se amplía de 3 a 10 días, el plazo que tiene la autoridad fiscal para resolver las aclaraciones relativas a éste tema; así como también se agregan las siguientes razones para dejarlos sin efectos:

1.- Omisión de presentar la declaración anual. Cuando haya transcurrido un mes posterior a la fecha en que se está obligado a presentarla.

2.- Cuando se omita presentar dos o más declaraciones provisionales o definitivas, consecutivas o no consecutivas.

3.- Publicación definitiva en el listado del cuarto párrafo del artículo 69-B

4.- Quienes dieron efectos a los comprobantes anteriores y no se corrigieron en los 30 días siguientes a esa publicación.

5.- Cuando el domicilio señalado para efectos del RFC no cumpla con los requisitos del artículo 10 del CFF.

6.- Cuando se detecte que los datos de contacto proporcionados al SAT son incorrectos o falsos.

7.- Cuando se facturen ingresos o retenciones que no correspondan con la información proporcionada en las declaraciones o la información que se encuentre en poder del SAT.

8. Por transmisiones indebidas de pérdidas fiscales, una vez efectuada la publicación del listado del octavo párrafo del artículo 69-B.

¡Hasta pronto!

Ver Trayectoria Profesional

Compartir Artílculo:
  • 5281 Visitas
  • VER TODAS LAS PUBLICACIONES

    Deja un comentario

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *