CONCLUSIÓN DEL ARTÍCULO 5-A DEL CFF.
Para concluir finalmente con los comentarios respecto al artículo 5-A, del Código Fiscal de la Federación, veremos a continuación lo relativo a sus dos últimos párrafos que dicen:
“Adicionalmente, se presume, salvo prueba en contrario, que una serie de actos jurídicos carece de razón de negocios, cuando Continuar leyendo «Análisis de las Reformas al CFF 2020 – Cuarta Parte»

(222) 237-2536 y 237-2234

Hace unos días intercambiaba posturas con expertos fiscalistas y abogados sobre las normas contables, las cuales las tienen en un concepto de «reglas para hacer registros contables» y «conciliables para efectos fiscales».
De la propuesta de reforma fiscal para el año 2020, en materia de derechos tributarios, estos serán trastocados seriamente. En el Código Fiscal de la Federación se indica: a) existen cargas fiscales a los particulares, pero también coexisten excepciones a las mismas y; b) la forma del cómo tributar es al libre albedrío de las personas.
Conforme a lo indicado en la primera parte del presente artículo, a continuación algunas de las preguntas básicas y fundamentales para entender la aplicación y procedencia de la Ley en comento, mediante la metodología mas eficaz, es decir a través de preguntas y respuestas, complementadas en algunas ocasiones con los criterios y jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.