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Servicios Ilícitos Agregados al Catálogo de Productos y Servicios del SAT - 1756 Visitas

NO TODO LO QUE PÚBLICA EL SAT ES DE APLICACIÓN OBLIGATORÍA Y PROCEDENTE, PRIMERO SE DEBE DE ANALIZAR LA LEGALIDAD DE LA PUBLICACIÓN.

El pasado 04 de agosto de 2023, se hicieron varias publicaciones en diferentes medios de comunicación e incluso en las redes sociales, referente a que en el catálogo de productos y servicios de la página del SAT fueron incluidos diferentes servicios dentro del rubro de medicina alternativa y holística que serán objeto de gravamen, como son:

• Servicios de hechicería o vudús.
• Servicios de curanderos.
• Chamanes.
• Trabajo con la energía.

Y aún se preguntaban los contribuyentes si dichos gastos por los conceptos antes mencionados serían o no deducibles; con este gobierno, ya estamos cayendo en lo absurdo, quiere que se pague impuestos cuando se realizan actividades ilícitas.

Y por lógica jurídica y legalmente, solo se gravan y se pagan contribuciones, por actividades licitas.

Ahora bien, para robustecer lo antes indicado, simplemente hay que revisar lo que señala de manera textual la Fracción XV, del Artículo 387 del Código Penal Federal, que a la letra dice:

Artículo 386 CPF
Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

Artículo 387 CPF
Las mismas penas señaladas en el artículo anterior, se impondrán:

XV.- Al que explote las preocupaciones, la superstición o la ignorancia del pueblo, por medio de supuesta evocación de espíritus, adivinaciones o curaciones.

¿Qué delito comete la persona que tiene por actividad o se dedica a la hechicería, vudús, curaciones, chamanes o trabajos con energías?

Cómete el delito de fraude equiparado en términos de la Fracción XV del Artículo 387 del Código Penal Federal y las penas punitivas y de privación de la libertad, aplican las mismas reglas a las que se refiere el delito de fraude reguladas en el Artículo 386 del Código Penal Federal.

En este sentido se preguntarán, porque aplica el Código Penal Federal, simplemente es porque estamos hablado de impuestos federales, como son el Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado.

Respecto a la deducibilidad y no deducibilidad de las erogaciones por gastos relacionados por los conceptos que fueron incluidos por el SAT dentro del catálogo de productos y servicios dentro del rubro de medicina alternativa y holístico, como son:

• Servicios de hechicería o vudús.
• Servicios de curanderos.
• Chamanes.
• Trabajo con la energía.

Obviamente NO SON DEDUCIBLES, por tratarse de actividades ilícitas.

A continuación les proporciono el extracto de una publicación, qué circulo por las redes sociales.

Fuente: El periódico Heraldo de Oaxaca Nacional.
Facebook.

SAT: Ya puedes facturar servicios de hechicería y vudú; ¿los amarres serán deducibles?
En el Catálogo de Productos y Servicios fueron incluidos diferentes servicios de medicina alternativa que serán objetos de gravamen.
REDACCIÓN HERALDO DE MÉXICO OAXACA
NACIONAL · 4/8/2023 · 13:07 HS

El SAT cobrará impuestos por amarres de amor, limpia, servicios de brujería y vudú. Créditos: Pixabay

El Servicio de Administración Tributaría (SAT) incluyó entre las actividades que son objeto de cobro de impuestos a los servicios de hechicería, brujería o vudú. Así que la próxima vez que acudas a hacer un amarre de amor o una limpia podrás solicitar una factura e incluso deducirlos de tu declaración anual.

El SAT cuenta con el Catálogo de Productos y Servicios donde se asignan claves para poder facturar compras y gastos que los contribuyentes tengan, además, que los negocios dedicados a estos giros puedan cumplir con sus obligaciones fiscales. Ahora todas las personas dedicadas al esoterismo tendrán que estar dadas de alta ante Hacienda.

¿A partir de cuándo el SAT cobrará impuestos a servicios de hechicería y vudú?

Desde esta semana ya está disponible las claves de facturación para “Servicio de hechiceros o vudús”, “Servicios de curanderos”, “Chamanes” y “Trabajo con la energía” que forman parte del los Servicios de Salud y medicina alternativa.

FOTO: SAT

Esto significa que este tipo de servicios ya son objeto de gravamen y las personas que los ofrecen pueden cumplir con el pago de sus obligaciones fiscales y estar debidamente registrados ante el SAT.

Además, las personas que contraten que realicen rituales como limpias o amarres, lecturas de cartas o curas con algas marinas o aguas termales, podrán deducirlos de su declaración anual ya que los honorarios médicos son uno de los principales deducibles junto a servicios dentales, del psicólogo, nutriólogo, gasolina y colegiaturas.


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    2 respuestas a «Servicios Ilícitos Agregados al Catálogo de Productos y Servicios del SAT»

    1. Excelente analisis y fundamentos otorgados, ¡pero en dado caso que se de o se facture que pasaria, el SAT dejaria ser deducible este tipo de gastos?

    2. EXCELENTE ARTÍCULO MAESTRO TERÁN, MUY ACTUAL Y DE GRAN IMPACTO EN NUESTRA SUFRIDA PROFESIÓN DE LA CONTADURIA, MIL GRACIAS POR COMPARTIR.- SALUDOS.-

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